ADMISIÓN CURSO 2026/2027
ENLACES DE INTERÉS
El punto de la circunstancia específica, recogida en el art. 36 del Decreto 48/2024 (DOGV 24.04.24), en el art. 38 de la Orden 8/2024, de 24 de abril que desarrolla el citado Decreto (DOGV 25.04.24) y el apartado Cuarto de la Resolución de 25 de abril de 2024 de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se establece el calendario y se dictan instrucciones del procedimiento de admisión para el curso 2024/2025, se otorgará a:
Condición de antigua alumna o alumno del propio interesado, de alguno de sus padres, madres o tutores legales o alguno de los hermanos o hermanas u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, de la persona solicitante en el Centro para el que pide plaza.
Se acreditará con:
Certificado emitido por la dirección del Centro o cualquier documento oficial donde conste el dato. En el caso de los hermanos o hermanas, se aportará, además, el libro de familia o la documentación según se dispone en el artículo 29 de la Orden 8/2024 para esta circunstancia.